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Guía de ciudadanía de Chile

19 vías de ciudadanía: todo lo que necesitas saber sobre elegibilidad, documentos, plazos y costes.

6 min de lecturaÚltima actualización: mayo de 2026

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Birth

2 vías en esta categoría

Nacionalidad por nacimiento en territorio chileno (jus soli)

El único criterio operativo es el nacimiento en territorio chileno. El jus soli es casi incondicional: la Constitución NO impone ninguna condición sobre el estatus de residencia legal de los padres, la duración de la estadía o la nacionalidad; la jus soli chilena «no impone ninguna condición sobre el estatus de residencia legal de los padres, la duración de la estadía

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Excepción de jus soli + derecho de opción (hijos de extranjeros transitorios/agentes de gobiernos extranjeros)

Quienes caen DENTRO de la excepción (y por lo tanto deben optar en lugar de adquirir jus soli automáticamente): un hijo nacido en territorio chileno de un extranjero 'que se encuentren en Chile en servicio de su Gobierno' (Art 10 Nº1;); o un niño nacido en territorio chileno

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DES

1 vía en esta categoría

Nacionalidad por descendencia (jus sanguinis) con anclaje ancestral de primer/segundo grado

Dos condiciones sustantivas acumulativas más el ancla. (1) Filiación: ser hijo de padre o madre chilenos — 'los hijos de padre o madre chilenos'; un solo padre chileno es suficiente y cualquiera de los padres transmite (género neutral). (2) Lugar de nacimiento: 'nacidos en territorio extranjero'

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GRC

1 vía en esta categoría

Nacionalidad por gracia especial (nacionalización por gracia) — por ley

La Constitución NO impone ninguna condición sustancial de elegibilidad para la gracia: ni edad mínima, ni período de residencia, ni permiso de residencia permanente, ni prueba de idioma o civismo, ni renuncia a la nacionalidad anterior. El Art 10 Nº 4 establece únicamente: 'Los que obtuvieren especial gracia de nacionalización por ley.

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Historical

4 vías en esta categoría

Constitución de 1833 Régimen de nacionalidad

El esquema de nacionalidad chilena más antiguo decodificado (Constitución de 1925, Art. 5,) enumera cuatro motivos de adquisición que se corresponden con el arte moderno. 10 números. (1) Jus soli con dos excepciones y un derecho de opción: 'Son chilenos: 1.o Los nacidos en el territorio de Chile, con escepción de los hijos de

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Constitución de 1925 régimen de nacionalidad (+DL 747/1925)

Bajo la const. 1925 Art. 5, existían cuatro causales de adquisición. (1) Jus soli, Nº1: "Los nacidos en el territorio de Chile, con escepcion de los hijos de estranjeros que se encuentren en Chile en servicio de su Gobierno, y de los hijos de extranjeros transeuntes, todos los que podrán optar entre la nacion

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Constitución de 1980 régimen anterior a 2005 (pérdida automática por naturalización extranjera; ascendencia avecindamiento)

Como régimen HISTÓRICO, CL-HIS-03 no describe una vía de aplicación en vivo; fija las normas que regían cualquier cuestión de nacionalidad chilena cristalizada entre el 24.10.1980 y el 25.08.2005 (ventana W3 / era CL-ERA-06). Dos consecuencias distinguieron el régimen anterior a la reforma del actual. Primero, una C

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DL 1094/1975 régimen migratorio y de residencia (derogado 2022)

El DL 1094 clasificó a los extranjeros en cuatro calidades de entrada: "Los extranjeros podrán ingresar a Chile en calidad de turistas, residentes, residentes oficiales e inmigrantes" (Art. 4; los inmigrantes se regían separadamente por el DFL 69/1953). Dentro de "residente", el estatuto enumeraba subcategorías: residente ofi

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LOS

4 vías en esta categoría

Pérdida por renuncia voluntaria (condición anti-apátrida)

A la vista del Art 11 Nº1, la elegibilidad para renunciar está abierta a CUALQUIER nacional chileno independientemente de cómo adquirió la nacionalidad (jus soli Art 10 Nº1, descendencia Nº2, carta Nº3 o gracia Nº4); el texto constitucional no impone ningún filtro de ruta de adquisición ni condición de edad, residencia o medios: requiere

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Privación por decreto supremo: servicio a los enemigos en una guerra extranjera

Para una ruta de pérdida, "elegibilidad" significa los factores desencadenantes sustanciales de la privación. El fundamento textual (Art. 11 Nº2: «en caso de prestación de servicios durante una guerra exterior a enemigos de Chile o de sus aliados») tiene tres elementos textuales acumulativos que deben concurrir: (1) «prestación de servicios»

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Cancelación de la carta de nacionalización

La cancelación es una vía de pérdida de alcance personal RESTRINGIDO: alcanza SÓLO a los extranjeros que se hicieron chilenos por carta de nacionalización conforme a la Const. Art 10 Nº3 ('Los extranjeros que obtuvieren carta de nacionalización en conformidad a la ley'). Chilenos por nacimiento/ jus soli (Art 10 Nº1), por ascendencia (Nº2),

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Revocación de la nacionalidad de gracia por ley

Quién está expuesto a este motivo (y qué lo desencadena). En sus propios términos el art. 11 Nº4 revoca 'la nacionalización concedida por gracia', por lo que SÓLO las personas que ostenten la nacionalidad chilena por gracia especial conforme al art. 10 Nº4 ('Los que obtuvieren especial gracia de nacionalización por ley') están a su alcance

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Naturalization

4 vías en esta categoría

Naturalización ordinaria (carta) — 5 años + residencia definitiva

DFL 5.142 El artículo 2 inciso 1 establece tres condiciones acumulativas para la carta ordinaria: (1) EDAD — “que hayan cumplido 18 años de edad”; (2) RESIDENCIA — “que tengan más de cinco años de residencia en el territorio de la República” (textualmente MÁS de cinco años); (3) PERMISO DE RESIDENCIA PERMANENTE — “que sean

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Naturalización calificada — 2 años (cónyuge/parientes hasta 2º grado/hijo de ex chileno)

Tres puertas acumulativas más una puerta negativa. (1) ESTADO: el solicitante ya debe ser «residente definitivo» — titular de residencia definitiva (residencia permanente). Arte. 85 se abre sólo a «aquellos residentes definitivos». (2) RESIDENCIA: deberán acreditar «dos años de residencia continuada en el te

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Naturalización menor (14+ con residencia permanente)

Cuatro condiciones acumulativas, todas extraídas palabra por palabra del penúltimo inciso del Art 2 de DFL 5.142 (reformulado por el Art único Nº1 b) de Ley 20.888): (1) el solicitante es un 'hijo de extranjero' que 'hayan cumplido 14 años de edad' (ha completado/cumplido 14 años); el inciso establece un piso de 14 y func

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Naturalización de niños refugiados (derivada, sin ningún requisito adicional)

La elegibilidad requiere dos condiciones acumulativas establecidas en DFL 5.142 Art 2 (inciso final, agregado por Ley 20.888 Art único Nº1 c)): (1) el solicitante debe ser un 'menor de 18 años' (menor de 18 años); y (2) 'su padre o madre' debe poseer 'la calidad de refugiados reconocidos por Chile' (recognized-refugee st

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RCL

1 vía en esta categoría

Recurso de reclamación — Recurso del artículo 12 ante el Corte Suprema (30 días)

La legitimación se define en la cláusula inicial del artículo 12: 'La persona afectada por acto o resolución de autoridad administrativa que la prive de su nacionalidad chilena o se la desconozca' (;). Se califican dos daños desencadenantes: (a) PRIVACIÓN: un acto que despoja ('que la prive de') de la nacionalidad chilena; un

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RES

1 vía en esta categoría

Residencia definitiva (residencia permanente): requisito previo de naturalización

Elegibilidad básica (Ley 21.325 Art 79): un extranjero que posea una subcategoría de residencia temporal elegible, una que 'expresamente admita postular a ella' (Art 78 inc. 2), puede solicitar el RD después de al menos veinticuatro meses en ese estatus: 'Se podrá otorgar la residencia definitiva a los extranjeros

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RSP

1 vía en esta categoría

Rehabilitación/reanudación de la nacionalidad perdida (por ley)

La clase elegible se define puramente negativamente y luego positivamente: cualquier persona que haya perdido la nacionalidad chilena bajo CUALQUIERA de los cuatro motivos del artículo 11 (“cualquiera de las causales establecidas en este artículo”) puede ser objeto de una ley de rehabilitación. El texto constitucional NO hace ninguna distinción

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Preguntas frecuentes sobre la ciudadanía de Chile

Respuestas breves a las preguntas que más hacen los visitantes. Para un veredicto específico de tu caso, reserva una evaluación personalizada más arriba.

Chile citizenship by descent eligibility depends on your specific ancestor's birth date, place, and whether the citizenship line was broken (typically by naturalization elsewhere before your parent's birth). Each generation has its own rules under the laws in force at the time. Take our free 2-minute eligibility quiz for a preliminary assessment, or book a one-on-one verdict with a citizenship expert for a definitive answer.

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