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Guía de ciudadanía de Dominica

20 vías de ciudadanía: todo lo que necesitas saber sobre elegibilidad, documentos, plazos y costes.

9 min de lecturaÚltima actualización: mayo de 2026

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Adoption

1 vía en esta categoría

Ciudadanía por adopción por un ciudadano dominicano

Un menor adoptado por un ciudadano de Dominica (cuando el adoptante, o en una adopción conjunta el adoptante varón, es ciudadano según el artículo 97) se convierte en ciudadano de Dominica (Ley de ciudadanía, capítulo 1:10, artículo 5).

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BIL

1 vía en esta categoría

Libre circulación CARICOM / OECO (estatus de subciudadanía)

Los nacionales de la OECO disfrutan de libre circulación y estancia indefinida dentro de la Unión Económica del Caribe Oriental (Tratado de Basseterre revisado, artículo 12 del Protocolo); Los nacionales de CARICOM disfrutan de libre circulación total (Dominica es uno de los cuatro estados para los cuales la libre circulación total de CARICOM entró en funcionamiento el 1 de octubre de 2025 (residen/trabajan/permanecen indefinidamente)).

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Birth

2 vías en esta categoría

Ciudadanía por nacimiento en Dominica (jus soli)

Toda persona nacida en Dominica a partir del 3 de noviembre de 1978 se convierte en ciudadano de Dominica al nacer (Constitución s.98), sujeto a las condiciones diplomático-padre y enemigo-extranjero-tiempo de guerra.

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Nacimiento en Dominica: excepciones, expósitos y barco/aeronave

Un recién nacido considerado abandonado (expósito) en Dominica se considera nacido en Dominica a menos que se demuestre lo contrario (Ley de ciudadanía, capítulo 1:10, artículo 2 (3)); una persona nacida a bordo de un barco o aeronave registrado en Dominica (o un barco/aeronave no registrado del Gobierno) se considera nacida en Dominica (Constitución s.102(2); Ley de Ciudadanía s.18). Las disposiciones jus-soli del artículo 98 (padre diplomático; tiempo de guerra enemigo-extranjero) excluyen casos restringidos.

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Child

1 vía en esta categoría

Registro de hijo menor de edad de un ciudadano (derivado)

La Constitución, artículo 100 (1) (c), confiere un derecho de registro directo a un menor (menor de 18 años) que sea hijo, hijastro o hijo adoptado de una persona que es o fue ciudadano según los artículos 97 o 98. Para los casos residuales, el artículo 6(b) de la Ley de Ciudadanía permite que un hijo menor/hijastro/hijo adoptado de un ciudadano, que no tiene derecho según el artículo 100(1)(c), se registre después de tres años de residencia en Dominica.

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Descent

2 vías en esta categoría

Ciudadanía por ascendencia: nacido en el extranjero de padre dominicano

Una persona nacida fuera de Dominica a partir del 3 de noviembre de 1978 se convierte en ciudadana al nacer si, en esa fecha, el padre o la madre es ciudadano de Dominica en virtud del artículo 97 (independencia) o del artículo 98 (nacimiento en Dominica) (Constitución, artículo 99). La transmisión materna y paterna son iguales.

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Descenso: límite de primera generación nacida en el extranjero

La descendencia automática según el artículo 99 alcanza solo a la primera generación nacida en el extranjero: fluye cuando el padre es ciudadano según el artículo 97 o 98, NO cuando el padre es ciudadano solo por descendencia según el artículo 99. Una segunda generación nacida en el extranjero no adquiere automáticamente y debe depender del registro/naturalización si es elegible.

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Investment

3 vías en esta categoría

Ciudadanía por inversión: donación del Fondo de Diversificación Económica (FED)

Un no nacional puede adquirir la ciudadanía mediante una contribución no reembolsable al Fondo de Diversificación Económica (FED): 200.000 dólares EE.UU. para un solo solicitante; US$250.000 para el solicitante principal más hasta tres dependientes calificados; +25 000 USD por dependiente adicional menor de 18 años y +40 000 USD por dependiente adicional de 18 años o más (SRO 8/2024 Anexo 1 párrafo 1, elaborado en virtud de la Ley de ciudadanía s.20). Sin requisitos de residencia, presencia física o idioma; Se aplica una entrevista obligatoria a todos los solicitantes mayores de 16 años.

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Ciudadanía por inversión – Bienes raíces aprobados

Un no nacional puede adquirir la ciudadanía comprando al menos 200 000 dólares estadounidenses de bienes inmuebles aprobados por la CBIU, mantenidos durante un mínimo de 3 años (o 5 años si el comprador posterior también es un solicitante de la CBI), más una tarifa gubernamental de 75 000 dólares estadounidenses (único) / 100 000 dólares estadounidenses (solicitante principal más hasta tres dependientes), con complementos escalonados por dependiente adicional (SRO 8/2024 Anexo 1, párrafo 2). Sin requisitos de residencia, presencia o idioma.

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Ciudadanía por inversión: marco para dependientes

Los dependientes elegibles (SRO 8/2024 reg 2) son: el cónyuge; un niño menor de 18 años; un niño de entre 18 y 30 años que cursa estudios superiores y recibe apoyo total; una hija soltera menor de 25 años que vive y es mantenida por el solicitante principal; un niño mayor de 18 años con discapacidad física o mental; y los padres o abuelos mayores de 65 años reciben un apoyo sustancial. Un hijo menor nacido o adoptado por el solicitante principal después de la ciudadanía puede agregarse SIN límite de tiempo (SRO 46/2025 eliminó el período anterior de 5 años en Sch.1, párrafo 3 (1)). El marco de Dominica no tiene categoría de hermanos.

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Marriage

1 vía en esta categoría

Registro como ciudadano por matrimonio con dominicano

El cónyuge de un ciudadano de Dominica (vivo o fallecido) puede registrarse como ciudadano si cumple con su buena conducta, un conocimiento adecuado de las responsabilidades de ciudadanía y del inglés, y las condiciones de residencia/carácter de la Ley de Ciudadanía (Capítulo 1:10 s.6(a)). El registro del matrimonio es obligatorio y está autorizado por la cláusula de competencia del Parlamento de la Constitución (artículo 101 a)); La sección de registro de la Constitución (artículo 100) no contiene ningún motivo de cónyuge.

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Naturalization

3 vías en esta categoría

Naturalización de un extranjero por residencia

Un extranjero mayor de edad y capacidad puede naturalizarse si tiene buena conducta, conocimiento adecuado de las responsabilidades de ciudadanía y del inglés, residencia en Dominica durante los 12 meses inmediatamente anteriores a la solicitud y residencia/servicio gubernamental durante un período agregado de 7 años (Ley de Ciudadanía, Capítulo 1:10 s.8). Se debe prestar juramento de lealtad antes de que el certificado entre en vigor (artículo 9).

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Registro de ciudadano de la Commonwealth por residencia

Un ciudadano de la Commonwealth puede registrarse como ciudadano de Dominica si tiene buena conducta, un conocimiento adecuado de las responsabilidades de la ciudadanía y del inglés, y cinco años de residencia en Dominica o servicio gubernamental (o un período más corto a discreción del Ministro), con la intención de residir (Ley de ciudadanía, capítulo 1:10, artículo 6 (c)). Este registro legal de cinco años es distinto y más corto que el derecho constitucional al registro por derecho después de siete años de residencia ordinaria (Constitución s.100(1)(a)).

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Discreción ministerial/renuncia de residencia (circunstancias especiales)

Según el artículo 8(2), el Ministro puede, en circunstancias especiales, contar períodos anteriores de residencia/servicio y renunciar al requisito de residencia para la naturalización (la renuncia del Formulario-12). Una vía discrecional, distinta de la vía ordinaria de 7 años; es el gancho legal a través del cual se administra la naturalización de la CBI.

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Pending / litigation

1 vía en esta categoría

Regulador regional ECCIRA y arco de reforma 2025 (pendiente)

El Acuerdo ECCIRA 2025 (firmado por los cinco estados de la CBI de la OECO; el proyecto de ley habilitador de Dominica fue aprobado el 14 de octubre de 2025) establece un regulador regional de la CBI con estándares vinculantes, datos biométricos, depósitos en garantía y multas de hasta 250 000 dólares estadounidenses, y una dimensión de vínculo genuino/residencia. Los cinco estados de la CBI de la OECO ya han ratificado la ECCIRA; la Autoridad entra en funcionamiento 30 días después del quinto instrumento de ratificación (previsto para principios de 2026); se retrasa un requisito de presencia física de 30 días (~mediados de 2026).

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Registration

1 vía en esta categoría

Derechos de registro según la Constitución

El artículo 100(1) de la Constitución confiere tres derechos de registro, disponibles de pleno derecho previa solicitud (y juramento cuando sea necesario): (a) un ciudadano de la Commonwealth con residencia habitual en Dominica durante los siete años anteriores; (b) un ex ciudadano (según los artículos 97 o 98) que renunció a la ciudadanía para adquirir o conservar otra nacionalidad; y (c) un hijo menor, hijastro o hijo adoptado de una persona que es o fue ciudadano según los artículos 97 o 98. El matrimonio no es una causa constitucional (es legal, Ley s.6(a)). Estos derechos se implementan a través de las disposiciones de registro de la Ley de ciudadanía (artículos 6 y 7).

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Restoration

1 vía en esta categoría

Reanudación de la ciudadanía tras la renuncia

Una persona que renunció a la ciudadanía dominicana puede reanudarla mediante un nuevo registro si la renuncia fue para adquirir o retener otra ciudadanía Y la persona tiene una "conexión calificada" con Dominica (Ley de Ciudadanía Capítulo 1:10 s.12). La conexión calificada (s.12(2)) alcanza a la persona, o su padre o madre, que nació/naturalizado/registrado en Dominica (o una persona casada con dicha persona): una prueba a nivel de padre (no de abuelo). La Constitución establece un derecho de reanudación paralelo: un ex ciudadano (según los artículos 97 o 98) que renunció a adquirir o conservar otra nacionalidad tiene derecho a volver a registrarse (art. 100 (1) (b)).

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Special

1 vía en esta categoría

Apátridas / expósitos / salvaguardias de discreción ministerial

Dominica NO es parte de las Convenciones sobre apatridia de 1954 o 1961, por lo que las salvaguardias contra la apatridia son únicamente nacionales: la norma de expósito (Ley de Ciudadanía, artículo 2 (3)) y la salvaguardia sobre apatridia que limita la privación cuando dejaría a una persona apátrida (artículo 10 (5) (b)). No se encontró ninguna subvención legal independiente para adultos apátridas; cualquier alivio se realiza mediante discreción ministerial.

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XCT

1 vía en esta categoría

Privación de la ciudadanía y revocación de la CBI

Un ciudadano por registro o naturalización puede ser privado de la ciudadanía por fraude, representación falsa u ocultación de un hecho material, o por deslealtad/comercio con el enemigo en tiempos de guerra o una sentencia de prisión calificada dentro de los cinco años posteriores a la naturalización (Ley de Ciudadanía Capítulo 1:10 s.10), sujeto a una salvaguardia de apatridia (s.10(5)(b)) y un aviso + procedimiento de comité de investigación. La ciudadanía adquirida por CBI se revoca a través del mismo mecanismo del artículo 10, ejercido en la Orden de Ciudadanía (Privación) de 2024, SRO No. 4 de 2024, que revocó 68 ciudadanías de CBI.

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XRN

1 vía en esta categoría

Renuncia a la ciudadanía

Un ciudadano mayor de edad y capacidad podrá renunciar a la ciudadanía mediante declaración registrada; una declaración en tiempos de guerra requiere el consentimiento del Ministro (Ley de ciudadanía, capítulo 1:10, artículo 11). Una persona nacida en Dominica que renuncie a adquirir otra ciudadanía conserva sus derechos a residir, trabajar y poseer tierras en Dominica (artículo 13). Se permite la doble ciudadanía, por lo que no es necesaria la renuncia para poseer otra nacionalidad.

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Preguntas frecuentes sobre la ciudadanía de Dominica

Respuestas breves a las preguntas que más hacen los visitantes. Para un veredicto específico de tu caso, reserva una evaluación personalizada más arriba.

Dominica citizenship by descent eligibility depends on your specific ancestor's birth date, place, and whether the citizenship line was broken (typically by naturalization elsewhere before your parent's birth). Each generation has its own rules under the laws in force at the time. Take our free 2-minute eligibility quiz for a preliminary assessment, or book a one-on-one verdict with a citizenship expert for a definitive answer.

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