Remediación del sesgo de género anterior a 1986 (retrospectivo, operativo)
Ciudadanía en Ireland
- Elegibilidad
- Vía de reclamación de cohorte histórica para los descendientes actuales que afirman la ciudadanía irlandesa a través de un antepasado femenino (de línea materna) bajo el régimen de descendencia con igualdad de género. Según INCA 1956 s.7(1) (subst. INCA 2001, en vigor el 2 de diciembre de 1999), una persona es irlandesa desde su nacimiento si al nacer cualquiera de sus padres era ciudadano irlandés (Art 9.1.3). Cuando el antepasado nació en la isla, la ciudadanía es automática; fuera, mediante inscripción en el Foreign Births Register conforme al s.27.
- Plazo
- Act 23/1986 §2
- Renuncia
- No requerida
Esta página se tradujo automáticamente. La versión en inglés es la versión autorizada.
Base jurídica
El fundamento constitucional de esta vía de cohorte histórica es el artículo 9.1.3 de Bunreacht na hEireann: "Ninguna persona puede ser excluida de la nacionalidad y ciudadanía irlandesa por razón del sexo de dicha persona". La norma operativa viva a través de la cual se realiza hoy la reclamación de cohorte es INCA 1956 s.7(1) (sustituida en su totalidad por INCA 2001 (Nº 15 de 2001) s.3(1), en vigor el 2 de diciembre de 1999: "Una persona es ciudadana irlandesa desde su nacimiento si en el momento de su nacimiento cualquiera de los padres era ciudadano irlandés o, si estuviera vivo, hubiera sido ciudadano irlandés". La fórmula neutral en cuanto al género "cualquiera de los padres" sitúa la transmisión materna y paterna en pie de igualdad. El descenso se rige por el artículo 7, NO el artículo 6 (artículo 6/s.6A = jus soli; la refundición de 2001 trasladó el descenso al artículo 7). El aporte histórico que le da a esta ruta su carácter 'remedial' es INCA 1986 (Nº 23 de 1986), título largo 'para enmendar y ampliar la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía Irlandesa de 1956': su artículo 2 modificó el entonces artículo 7(2) insertando la condición de fecha de registro FBR, con un alivio de seguimiento en INCA 1994 (Nº 9 de 1994). La subsección retrospectiva precisa de transferencia materna es.
Autoridad competente
Dos autoridades competentes distintas operan esta ruta y NO deben normalizarse en una (el tomador de decisiones dividido BLOQUEADO). El Registro de Nacimientos Extranjeros y el mecanismo de registro del artículo 27 (el mecanismo operativo para la típica reclamación por línea materna de ancestros nacidos en el extranjero) están a cargo del Departamento de Asuntos Exteriores (DFA)/Ministro de Asuntos Exteriores; El artículo 27 (5) faculta al Ministro de Relaciones Exteriores para dictar normas sobre nacimientos en el extranjero, actualmente el Reglamento sobre Nacimientos en el Extranjero de 2013 (S.I. 47/2013), en vigor desde el 1 de marzo de 2013. La emisión de pasaportes (que acredita el derecho) también es una función del DFA. Por el contrario, la naturalización y la revocación son funciones del Ministro de Justicia (transferidas desde Asuntos Exteriores por el S.I. 418/2011, administradas a través de la Prestación de Servicios de Inmigración), pero no surgen de un reclamo puro de descendencia/cohorte histórica. El supervisor constitucional de la garantía de no discriminación por motivos de sexo son los tribunales superiores que hacen cumplir el artículo 9.1.3. Fundamentalmente, no existe una 'discreción absoluta' ministerial en la sección 7 sobre la ascendencia: el derecho es una cuestión de derecho estatutario/constitucional (en contraste con las rutas de naturalización de las secciones 15/16, que son discrecionales). Una negativa de FBRel registro es impugnable mediante revisión judicial.
Escenarios de ejemplo
conditional
HIS-02 is the operational counterpart of DSC-04 (historical-cohort framing of pre-1986 gender-bias remedial descent). Same NLR caveat: INCA 1986 s.2 amended the THEN s.7(2) (since wholly re-substituted by INCA 2001), so the precise retrospective-conferral subsection is an annotation/transitional matter — flag for case-specific primary verification rather than assert a clean operative subsection. T2. [Pins: A-IE-CONST-02; INCA 1986 s.2; Constitution Art 9.1.3] [Route tier T2 — NLR caveat]
conditional
The post-1986 'either parent' equalisation and Art 9.1.3 mean maternal-line descent is now recognised, but for a pre-1986 birth the remedial mechanism is transitional/annotation-level (T2). The outcome is favourable in principle but the precise conferring provision must be confirmed against primary text for the specific birth date; do not assert without verification. [Pins: A-IE-CONST-02; INCA 1986 s.2] [Route tier T2 — NLR caveat]
Resumen informativo recopilado a partir de fuentes legales primarias: no es asesoramiento jurídico. La ley de ciudadanía cambia; verifica con la autoridad competente antes de actuar. Verificado por última vez el 2026-05-30.
Sigue los cambios en esta vía
Las reglas de descendencia y naturalización cambian. Te enviaremos un email en lenguaje claro cuando se actualice algo que afecte a Ireland: sin spam.