Anulación de decisiones de privación comunistas (rehabilitación anterior a 1993, absorbida en §5/A) — anulación de decisiones de privación (1990:XXVII/XXXII)
Ciudadanía en Hungary
- Elegibilidad
- 1990:XXVII anuló las decisiones de privación 1947:X/1948:LX/1948:XXVI/1957:V y permitió a las personas privadas volver a adquirir mediante declaración; 1990:XXXII consideró que las personas privadas de libertad fallecidas nunca habían perdido la ciudadanía (sustancia que ahora se incluye en el artículo 5/A).
- Renuncia
- No requerida
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Quién califica
Elegibilidad actual según §5/A(1)(a) — transferida de 1990:XXVII y ampliada: (1) Persona viva que sufrió privaciones personales según 1947:X, 1948:XXVI, 1948:LX, 1957:V, o los tres ME/Korm. decretos, O cuya ciudadanía terminó por liberación administrativa (elbocsátás) 1947-09-15→1990-05-02; O (2) Persona fallecida: se considera que nunca ha perdido la ciudadanía según el efecto 1990:XXXII, lo cual es relevante para establecer la continuidad de la cadena de ciudadanía para los descendientes vivos.
Requisitos
Requisitos documentales para la declaración del artículo 5/A(1)(a): prueba de la decisión de privación específica o evento de liberación: decisión gubernamental original, aviso de publicación de Magyar Közlöny, certificado elbocsátás del Ministerio del Interior o documentos históricos equivalentes. Registros de archivo relevantes para los procedimientos de privación/liberación de 1947-1990: Magyar Nemzeti Levéltár (MNL) OL serie BM iratok (archivos del Ministerio del Interior), registros de confiscación de propiedades (donde se aplicaba el artículo 6 de 1948:XXVI) y enmiendas del registro civil.
Cómo solicitar
Proceso actual (vía §5/A(1)(a)): declaración presentada personalmente en húngaro ante el anyakönyvvezető, órgano territorial de Kormányhivatal o el cónsul húngaro. Examinado por el órgano de asuntos de ciudadanía (Budapest Főváros Kormányhivatala). El Presidente de la República expide el certificado de ciudadanía (állampolgársági okirat). Juramento/promesa (eskü/fogadalom) dentro de UN AÑO de la notificación conforme al §7. Illetékmentes desde 2021-01-01. Detalle completo en HU-RST-01.
Tasas y costos
Illetékmentes (gratis) desde el 01-01-2021. La tasa de naturalización estándar de 133.400 HUF queda SUSTITUIDA y no se aplica a las declaraciones del artículo 5/A. Sólo se pueden aplicar tarifas de traducción consular para documentos en idiomas extranjeros.
Base jurídica
HU-RST-04 cubre dos instrumentos de restitución anteriores a 1993 y su absorción en la Ley LV/1993. 1990. évi XXVII. törvény §1 declaró NULAS todas las decisiones de privación conforme a 1947:X, 1948:XXVI, 1948:LX y 1957:V; §2 permitía la readquisición mediante declaración al Presidente (con efectos a partir de la fecha de la declaración, no retroactivamente). 1990. évi XXXII. törvény amplió el §2 a las personas fallecidas: se considera que NUNCA han perdido la ciudadanía (nuevo reconocimiento legal retroactivo). Ambos instrumentos fueron derogados por la Ley LV §24(3) en el EIF 1993-10-01 y absorbidos en el §5/A.
Autoridad competente
Autoridad: examina el órgano de asuntos de ciudadanía (állampolgársági ügyekben eljáró szerv, operativamente BFKH); El Presidente de la República expide el okirat. La OIF no tiene ningún papel en las declaraciones de ciudadanía del artículo 5/A. El papel del Presidente para el §5/A es confirmatorio dentro del marco legal, no la concesión discrecional aplicable a la naturalización según el §6(1).
Resumen informativo recopilado a partir de fuentes legales primarias: no es asesoramiento jurídico. La ley de ciudadanía cambia; verifica con la autoridad competente antes de actuar. Verificado por última vez el 2026-06-01.
Sigue los cambios en esta vía
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